El Consejo de Gobierno ha aprobado la nueva regulación del calendario y la jornada escolar de los centros docentes no universitarios, con el doble objetivo de homologar la normativa andaluza a la que rige en la mayoría de las comunidades autónomas y de afianzar las medidas de conciliación del horario escolar y laboral adoptadas en los últimos años por la Junta.
Respecto al calendario escolar, el decreto adelanta al 10 de septiembre el comienzo del curso en Infantil (segundo ciclo), Primaria y Educación Especial, y al 15 de septiembre en Bachillerato y Formación Profesional Inicial. En este segundo caso, la fecha coincide con la de Educación Secundaria Obligatoria, que se mantiene como hasta ahora.
Con los adelantos fijados, el número anual de días lectivos pasa de 175 a 178 en Infantil, Primaria y Educación Especial, y de 170 a 175 en Bachillerato y FP. En cuanto a las horas lectivas anuales, habrá 15 más en Infantil, Primaria y Educación Especial (de 875 a 890) y 30 más en Bachillerato (de 1.020 a 1.050). En Educación Secundaria Obligatoria se mantienen los 175 días y las 1.050 horas lectivas al año.
Las fecha de finalización de las clases sigue siendo el 22 de junio para el segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO, FP, Educación Especial y 1º de Bachillerato, y el 31 de mayo para 2º de Bachillerato. En este último caso, la actividad lectiva continuará hasta el 22 de junio con la organización de actividades de recuperación de asistencia obligatoria y de preparación de las pruebas de acceso a la enseñanza superior.
Al igual que ahora, el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el comienzo del régimen ordinario de las clases se dedicará a planificación del curso, programación de enseñanzas y coordinación docente. Entre la finalización de las clases y el 30 de junio, la actividad se centrará fundamentalmente en la evaluación del alumnado.
Además de fijar el calendario y la jornada, el decreto afianza la autonomía pedagógica y de gestión de los centros educativos, que podrán desarrollar modelos de funcionamiento propios con la posibilidad de ampliar sus horarios para atender necesidades formativas y de conciliación entre vida laboral y familiar.
En este sentido, el decreto recoge las medidas desarrolladas por la Junta en los últimos años a través del Plan de Apoyo a las Familias y establece la integración tanto de las actividades escolares como de las complementarias o extraescolares en un proyecto educativo conjunto. Así, los colegios e institutos podrán mantener abiertas sus instalaciones hasta las 18.00 para programar actividades de refuerzo y apoyo.
Además, los espacios recreativos y deportivos podrán permanecer abiertos al público hasta las 20.00 los días lectivos, y de 8.00 a 20.00 el resto de los días durante todo el año salvo el mes de agosto.
Respecto al calendario escolar, el decreto adelanta al 10 de septiembre el comienzo del curso en Infantil (segundo ciclo), Primaria y Educación Especial, y al 15 de septiembre en Bachillerato y Formación Profesional Inicial. En este segundo caso, la fecha coincide con la de Educación Secundaria Obligatoria, que se mantiene como hasta ahora.
Con los adelantos fijados, el número anual de días lectivos pasa de 175 a 178 en Infantil, Primaria y Educación Especial, y de 170 a 175 en Bachillerato y FP. En cuanto a las horas lectivas anuales, habrá 15 más en Infantil, Primaria y Educación Especial (de 875 a 890) y 30 más en Bachillerato (de 1.020 a 1.050). En Educación Secundaria Obligatoria se mantienen los 175 días y las 1.050 horas lectivas al año.
Las fecha de finalización de las clases sigue siendo el 22 de junio para el segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO, FP, Educación Especial y 1º de Bachillerato, y el 31 de mayo para 2º de Bachillerato. En este último caso, la actividad lectiva continuará hasta el 22 de junio con la organización de actividades de recuperación de asistencia obligatoria y de preparación de las pruebas de acceso a la enseñanza superior.
Al igual que ahora, el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el comienzo del régimen ordinario de las clases se dedicará a planificación del curso, programación de enseñanzas y coordinación docente. Entre la finalización de las clases y el 30 de junio, la actividad se centrará fundamentalmente en la evaluación del alumnado.
Además de fijar el calendario y la jornada, el decreto afianza la autonomía pedagógica y de gestión de los centros educativos, que podrán desarrollar modelos de funcionamiento propios con la posibilidad de ampliar sus horarios para atender necesidades formativas y de conciliación entre vida laboral y familiar.
En este sentido, el decreto recoge las medidas desarrolladas por la Junta en los últimos años a través del Plan de Apoyo a las Familias y establece la integración tanto de las actividades escolares como de las complementarias o extraescolares en un proyecto educativo conjunto. Así, los colegios e institutos podrán mantener abiertas sus instalaciones hasta las 18.00 para programar actividades de refuerzo y apoyo.
Además, los espacios recreativos y deportivos podrán permanecer abiertos al público hasta las 20.00 los días lectivos, y de 8.00 a 20.00 el resto de los días durante todo el año salvo el mes de agosto.